El ministro de Economía, Luis Caputo, reclamó este martes 25 de agosto una ley que permita castigar a periodistas que publiquen información que, según su criterio, carezca de sustento. El planteo fue realizado públicamente en la red social X y luego recibió el respaldo del presidente Javier Milei.
Caputo escribió que “la Justicia debería actuar” y sostuvo que es necesaria una norma que castigue este tipo de conductas. El mensaje surgió después de que rechazara una publicación periodística que lo vinculaba con un supuesto beneficio hacia el empresario Julio Made y la firma Lenor. El ministro negó conocer tanto al empresario como a la compañía y calificó la información como falsa.
Milei respaldó posteriormente el mensaje de Caputo y volvió a cuestionar a distintos periodistas y medios. El episodio abrió una nueva discusión sobre los límites entre las críticas del Gobierno a la prensa y el marco legal vigente para las publicaciones vinculadas con asuntos de interés público.
Qué dice hoy la ley argentina sobre calumnias e injurias
La legislación vigente establece un límite concreto en materia penal. La Ley 26.551, sancionada en 2009 y actualmente vigente, modificó los artículos 109 y 110 del Código Penal y determinó que las expresiones referidas a asuntos de interés público no configuran los delitos de calumnias o injurias.
El artículo 109 señala expresamente que las expresiones vinculadas con asuntos de interés público no constituyen calumnia. El artículo 110 dispone lo mismo para las injurias y agrega que tampoco configuran ese delito los calificativos lesivos del honor cuando guarden relación con un asunto de interés público.
La Constitución Nacional también contiene garantías específicas sobre libertad de prensa. El artículo 14 reconoce el derecho a publicar ideas por la prensa sin censura previa, mientras que el artículo 32 establece que el Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta.
Por ahora no hay un proyecto formal conocido
Hasta la tarde de este martes 25 de agosto no se había difundido oficialmente un texto de proyecto ni se había anunciado formalmente su envío al Congreso. Lo conocido hasta el momento es el reclamo público realizado por Caputo en X.
Por esa razón, todavía no puede determinarse qué tipo de sanciones imagina el ministro, cuál sería el alcance de una eventual norma ni cómo se compatibilizaría con el Código Penal y las garantías constitucionales vigentes. Cualquier modificación concreta deberá conocerse a través de un proyecto y atravesar el debate legislativo correspondiente.








