En resumen, si andás corto de tiempo
El debate por la ordenanza que habilita allanamientos por ruidos molestos derivó en un cruce jurídico y político de alto voltaje. La oposición sostuvo que la medida es inconstitucional, abusiva y riesgosa para el municipio. Señaló que el juez de faltas no es juez ordinario y que la ordenanza contradice garantías básicas de privacidad.
El oficialismo y parte de Juntos por el Cambio respaldaron el texto basándose únicamente en el dictamen del asesor letrado Horacio Hid, quien también actúa como defensor de Alejandro Barragán en la causa por incompatibilidad.
Varios concejales admitieron “no ser abogados” como fundamento para apoyarse en Hid, lo que abrió cuestionamientos sobre la responsabilidad técnica y política de legislar sin entender plenamente las implicancias jurídicas.
Noticia completa
La discusión en el Concejo Deliberante sobre la ordenanza que habilita allanamientos para secuestrar motos u objetos que generen ruidos molestos se convirtió en uno de los debates más intensos del año.
Lo que comenzó como un proyecto enviado por el Ejecutivo derivó en un choque frontal entre garantías constitucionales, límites del Estado y responsabilidades políticas.
El eje jurídico: ¿puede un juez de faltas ordenar un allanamiento?
La pregunta que atravesó todo el debate fue simple pero explosiva:
¿Tiene un juez de faltas la potestad constitucional para ordenar un allanamiento domiciliario?
Para la oposición, la respuesta fue un no rotundo.
Los argumentos más fuertes:
Dayana De Grazia (JxC) planteó que:
– El artículo 19 de la Constitución Nacional protege la inviolabilidad del domicilio.
– Un juez de faltas no es un juez ordinario, no integra el Poder Judicial y su nombramiento depende del intendente.
– La ordenanza habilita ingresar a casas de terceros por un ruido generado en otra vivienda.
– La medida expone al municipio a juicios inevitables.
Moller (URyF) fue igual de categórico:
– Calificó el proyecto como “un delirio” y “una herramienta de abuso estatal”.
– Comparó la lógica punitiva con prácticas históricas que erosionan derechos.
Giordano (LLA) expresó que la sola palabra “allanamiento” es incompatible con la liviandad con la que se pretendía aplicar:
– «No somos abogados y esto excede el marco de un concejal común», dijo, remarcando el riesgo de decisiones sin respaldo técnico pleno.
El dictamen de Hid, el centro de gravedad político
En el otro extremo, los concejales que votaron a favor se apoyaron casi exclusivamente en el dictamen del asesor letrado Horacio Eduardo Hid.
Hid interpretó que el artículo 24 de la Constitución bonaerense habilita a “autoridades municipales encargadas de vigilar la salubridad pública” a ordenar allanamientos con ese único fin.
Ese aval jurídico se convirtió en la pieza clave del voto positivo del oficialismo y de una parte de la oposición.
Pero dentro del recinto no pasó desapercibido que Hid es el mismo abogado que patrocina a Alejandro Barragán en la causa por incompatibilidad que aún genera polémica en la ciudad. La concentración de poder técnico y político en torno a una sola figura sumó ruido al debate.
La frase incómoda: “No soy abogado”
En varios tramos, concejales que acompañaron la ordenanza justificaron su voto diciendo que “no son abogados” y por eso debían confiar en Hid.
Eso abrió un frente de cuestionamiento profundo.
El punto político clave:
Ser concejal implica legislar sobre derechos, libertades y límites del Estado.
Si un edil no entiende completamente la dimensión jurídica de lo que está votando, tiene dos alternativas responsables:
- Pedir más tiempo y consultar especialistas externos.
- Atender a quienes sí tienen formación jurídica en el recinto.
Votar medidas tan sensibles sin comprenderlas plenamente equivale a ceder la función legislativa a un asesor.
Para muchos, eso no es humildad técnica: es renunciar a la responsabilidad democrática.
La grieta política: libertad individual vs. control estatal
El debate terminó exponiendo dos visiones muy definidas:
1) La mirada que prioriza frenar el descontrol
– Motos sin patente ni luces.
– Picadas a plena luz del día.
– Vecinos agotados por los ruidos.
Para este sector, la ordenanza es “una herramienta extrema para un problema extremo”.
2) La mirada que advierte sobre los excesos del Estado
– “El fin no justifica los medios.”
– Allanar casas sin juez ordinario es una línea roja constitucional.
– Abrir esta puerta puede habilitar futuros abusos.
Ambas visiones existen. El problema es qué costo está dispuesto a pagar cada sector.
El pedido de girar el expediente para revisión externa: rechazado
De Grazia pidió enviar el proyecto a Asesoría General de Gobierno, un órgano superior y externo.
La mayoría oficialista lo rechazó.
Ese gesto fue leído como una señal clara de que no había voluntad de profundizar el análisis jurídico.
¿Qué opinás?
¿Esto es una herramienta válida para frenar un problema real?
¿O un avance estatal que puede traer consecuencias graves?
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