En resumen, si andás corto de tiempo
El Gobierno reglamentó el suplemento por título para el personal de las Fuerzas Armadas. El adicional será del 10%, 15% o 25% del haber mensual según el nivel académico, siempre que la formación sea considerada afín a las tareas de cada fuerza.
El Gobierno nacional reglamentó el nuevo suplemento por título para el personal de las Fuerzas Armadas, un adicional que podrá representar entre el 10% y el 25% del haber mensual correspondiente al grado de cada militar.
La medida quedó formalizada mediante el Decreto 610/2026, publicado este lunes 20 de julio en el Boletín Oficial. La norma completa la implementación del beneficio creado en junio por el Decreto de Necesidad y Urgencia 473/2026 y establece cómo se reconocerán los títulos académicos.
El adicional no corresponderá por cualquier estudio de manera automática. Los jefes de los Estados Mayores Generales del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea deberán determinar cuáles son los títulos de interés para cada institución y verificar que estén relacionados con las funciones y tareas desarrolladas por el personal.
Cuánto se pagará por cada título
El porcentaje dependerá del nivel educativo acreditado y se calculará sobre el haber mensual correspondiente al grado del beneficiario:
10%: para tecnicaturas o títulos superiores equivalentes con una duración mínima de dos años.
15%: para títulos universitarios de grado con una duración mínima de cuatro años.
25%: para posgrados, especializaciones, maestrías o doctorados.
Como el suplemento se fija mediante un porcentaje y no como una suma fija, su monto será diferente según la jerarquía del militar y aumentará cuando se actualicen los haberes correspondientes a cada grado.
Qué pasa si un militar tiene más de un título
La reglamentación establece que, cuando una persona acredite más de un título de educación superior, solamente cobrará el suplemento correspondiente al de mayor graduación. Los porcentajes no podrán acumularse.
Además, el título será reconocido desde el primer día del mes siguiente a la presentación de la documentación ante la autoridad que determine cada fuerza. Por ejemplo, una acreditación presentada durante julio comenzará a producir efectos en agosto, siempre que cumpla con los requisitos establecidos.
Quiénes podrán acceder al suplemento por título
El régimen alcanza al personal militar cualquiera sea su condición de ingreso, siempre que la titulación sea afín a las tareas desarrolladas. El beneficio también fue extendido a militares retirados y, cuando corresponda, a familiares con derecho a pensión.
En el caso de retirados y pensionados, el título deberá haber sido obtenido antes del pase a retiro del causante. El Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares informó que la liquidación tendrá vigencia desde el 1° de julio de 2026, de acuerdo con las novedades comunicadas por cada Fuerza Armada.
Para los posgrados realizados en el extranjero se exige que los estudios hayan sido ordenados, autorizados o avalados por la fuerza correspondiente y que cuenten con la apostilla emitida por la autoridad competente.
Cómo cambia la liquidación de los haberes militares
El Decreto 610 incorporó formalmente el suplemento por título dentro de los suplementos generales que integran el régimen de haberes del personal militar. También actualizó la base utilizada para calcular determinados conceptos mensuales.
A partir de la nueva reglamentación, esos importes se calcularán, cuando corresponda, sobre la suma del sueldo y los suplementos por tiempo mínimo cumplido, grado máximo y título.
La norma también eliminó el régimen anterior de suplemento por título universitario, que estaba limitado al personal superior del cuerpo profesional. El nuevo sistema amplía el alcance a oficiales y suboficiales que reúnan las condiciones, sin importar la modalidad mediante la cual ingresaron a las Fuerzas Armadas.
El suplemento rige desde el 1° de julio de 2026, mientras que la reglamentación publicada este lunes entró en vigencia el 20 de julio. La aplicación concreta dependerá ahora de que cada fuerza defina los títulos considerados afines y procese la documentación correspondiente.




