El Comando de Prevención Rural (CPR) de Tres Arroyos interceptó dos convoyes agrícolas que circulaban por un camino vecinal cercano a San Mayol mientras se registraban lluvias. Los tractores y las maquinarias de arrastre dejaron daños visibles en la calzada de tierra, ablandada por el agua, y los efectivos labraron actas de infracción a los conductores.
El procedimiento se realizó durante tareas de patrullaje rural. Al advertir el deterioro que generaba el paso de los equipos pesados, el personal policial interrumpió su marcha. Las actuaciones fueron encuadradas en el artículo 48, inciso u, de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que restringe la circulación de camiones y maquinaria especial por caminos de tierra mientras se encuentren enlodados.
Qué establece la ordenanza de Tres Arroyos para los caminos rurales
En el distrito también rige la Ordenanza 7688/2024, que prohíbe la circulación de tránsito pesado por caminos rurales no pavimentados durante los días de lluvia y hasta que estén suficientemente secos y aireados. La restricción comprende maquinarias agrícolas, camiones, acoplados y equipos de arrastre.
La norma faculta al CPR y a otras autoridades de control a detener esos vehículos y labrar actas, que luego deben remitirse al Juzgado de Faltas. Contempla multas de entre 2 y 50 salarios mínimos de un agente municipal de categoría 2, además de la posibilidad de reclamar los costos de reparación de los daños. No se informó que esas sanciones económicas hayan sido fijadas en este caso.
Después del operativo, el CPR solicitó a productores y contratistas que eviten trasladar maquinaria pesada durante las precipitaciones y hasta que los caminos recuperen condiciones de circulación. El pedido apunta a preservar los accesos que utilizan vecinos, trabajadores rurales y servicios de emergencia.









