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Inocencia Fiscal II obtuvo media sanción: qué cambia para contribuyentes, PyMEs y empleadores rurales

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La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto conocido como Inocencia Fiscal II, una reforma que amplía el Régimen Simplificado de Ganancias, establece nuevas garantías frente a fiscalizaciones de ARCA, reduce determinadas multas para pequeños contribuyentes y PyMEs y también introduce cambios en el régimen sancionatorio del trabajo rural.

La iniciativa fue aprobada durante la noche del miércoles 26 de agosto por 139 votos a favor, 110 en contra y 2 abstenciones. Ahora deberá ser tratada por el Senado, por lo que los cambios todavía no están vigentes como ley.

El proyecto impulsado por el Gobierno busca ampliar un sistema que ya había sido creado para facilitar la declaración de patrimonio y ahorros mantenidos fuera del circuito formal. Según datos oficiales de ARCA publicados en julio, más de 330.000 contribuyentes ya habían adherido al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias.

Inocencia Fiscal II elimina los límites para ingresar al régimen simplificado

Uno de los principales cambios es la eliminación de dos requisitos que actualmente restringen el acceso.

Hasta ahora, el régimen contempla un límite de $1.000 millones de ingresos anuales y de $10.000 millones de patrimonio. El texto aprobado por Diputados elimina ambos topes y permite que un universo mucho mayor de personas humanas y sucesiones indivisas pueda utilizar el sistema.

Los contribuyentes categorizados como Grandes Contribuyentes Nacionales también podrán utilizar la modalidad simplificada para presentar y pagar Ganancias, aunque no accederán a todos los beneficios adicionales previstos para el resto.

Qué cambia en los controles de ARCA

Otro de los puntos centrales establece mayores condiciones para que ARCA pueda impugnar una declaración realizada mediante el régimen simplificado.

El proyecto incorpora parámetros para definir cuándo existe una denominada “discrepancia significativa” y coloca sobre el organismo recaudador la carga de demostrar las diferencias que justifiquen una fiscalización.

También contempla mecanismos para que determinadas inconsistencias puedan ser corregidas por el contribuyente antes de perder los beneficios del sistema.

El Gobierno sostiene que estas modificaciones buscan otorgar mayor seguridad jurídica y cambiar la relación entre el Estado y los contribuyentes. Desde sectores opositores, en cambio, cuestionaron las restricciones que se introducen sobre las facultades de fiscalización y advirtieron que el régimen podría funcionar en la práctica como una nueva modalidad de blanqueo.

Reducción de multas para personas y PyMEs

El proyecto incorpora además modificaciones sobre las sanciones por incumplimientos formales.

Para personas humanas, sucesiones indivisas, MiPyMEs y determinadas entidades sin fines de lucro que no sean consideradas grandes contribuyentes se establece una reducción automática del 25% en ciertas multas formales.

También se contempla un régimen transitorio que permitiría reducir en un 50% determinadas multas anteriores, siempre que se cumplan las condiciones previstas para regularizar la situación.

El punto cobra importancia después del fuerte incremento que habían registrado algunas sanciones tributarias. Por ejemplo, la falta de presentación de determinadas declaraciones juradas informativas puede actualmente generar multas que alcanzan varios millones de pesos.

El proyecto también cambia las multas por trabajo rural

La reforma tiene además un capítulo directamente relacionado con una actividad central para distritos agropecuarios como Tres Arroyos.

El texto aprobado modifica el régimen sancionatorio establecido en la Ley 25.191, vinculado con la registración de trabajadores y contratos de trabajo rural.

Las infracciones quedarían divididas según su gravedad.

Las consideradas leves, como determinadas inconsistencias en la declaración del contrato de trabajo rural, tendrían multas de entre $120.000 y $187.500.

Para las infracciones graves vinculadas con declaraciones falsas, las sanciones irían desde $375.000 hasta $1.500.000.

En los casos considerados muy graves, entre ellos la omisión total de la declaración del contrato de trabajo rural, las multas podrían ir desde $1.500.000 hasta $7.500.000 por cada trabajador afectado, o aplicarse de manera global por establecimiento cuando no sea posible individualizarlo.

Si existiera reincidencia dentro de los cinco años anteriores, el máximo previsto para las infracciones muy graves podría aumentar hasta un 50%.

El proyecto establece además que estas escalas se actualizarían anualmente por la variación de la UVA a partir del 1° de enero de 2027.

Funcionarios quedan afuera de los principales beneficios

Durante el tratamiento parlamentario también se incorporaron restricciones para funcionarios públicos.

El texto permite que determinados funcionarios puedan utilizar el régimen simplificado para presentar y pagar el Impuesto a las Ganancias, pero los excluye de los principales beneficios especiales asociados al sistema.

La modificación fue incorporada durante el debate previo en comisiones y formó parte del texto que finalmente llegó al recinto.

Qué falta para que los cambios entren en vigencia

La aprobación en Diputados es solamente el primer paso legislativo.

Inocencia Fiscal II deberá ahora ser debatida y votada por el Senado. Si la Cámara alta la aprueba sin modificaciones, podrá convertirse en ley. Si introduce cambios, deberá regresar a Diputados.

Hasta entonces, las nuevas condiciones para contribuyentes, PyMEs y empleadores rurales no deben considerarse vigentes.

¿Creés que estos cambios simplifican el sistema o reducen demasiado los controles? Dejanos tu opinión.

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