viernes, abril 3, 2026

RAFAM en Tres Arroyos: la Justicia falló a favor del municipio y restringe el acceso de los concejales

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En resumen, si andás corto de tiempo

El Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Bahía Blanca falló en contra del recurso de amparo presentado por concejales de Juntos por el Cambio, confirmando la postura del municipio: el Concejo Deliberante solo podrá acceder a los estados contables ya cerrados, pero no en tiempo real. El intendente Pablo Garate celebró la decisión y acusó a la oposición de querer “gobernar desde el Concejo”. Desde la oposición, sostienen que la restricción impide un verdadero control financiero.


Noticia completa

La disputa por el acceso al sistema RAFAM en Tres Arroyos tuvo un giro clave: la Justicia falló a favor del municipio y rechazó el reclamo de los concejales de Juntos por el Cambio, quienes habían solicitado acceso en tiempo real a la administración financiera municipal.

El fallo del Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Bahía Blanca sostiene que el Concejo Deliberante solo tiene derecho a analizar los estados contables ya cerrados, es decir, una vez que el Ejecutivo presente la rendición de cuentas al 31 de marzo de cada año. Este argumento, que el municipio defendió desde un principio, se basa en la interpretación de la Ley Orgánica de las Municipalidades y en precedentes de otros municipios bonaerenses.

El intendente Pablo Garate, tras conocer el fallo, reafirmó su posición:

“Pretender tener acceso en tiempo real a las cuentas municipales durante el ejercicio en curso equivaldría a que el Concejo Deliberante quisiera gobernar”.

Además, sostuvo que Tres Arroyos es bien evaluado en términos de transparencia, y acusó a la oposición de poner “palos en la rueda” en lugar de colaborar con su gestión.

Un fallo que limita la fiscalización

El recurso de amparo había sido presentado por los concejales Carlos Ávila, Gustavo Moller, María Cecilia Del Águila, Omar Bartneche, Marisa Marioli, Agustín Rossi, Eduardo Giordano y Daiana de Grazia, argumentando que la negativa del municipio obstaculizaba su labor legislativa y dificultaba la transparencia en el manejo de fondos públicos.

Con este fallo, el Concejo Deliberante no podrá acceder al RAFAM en tiempo real, sino únicamente cuando el Ejecutivo municipal entregue la rendición de cuentas anual. Desde la oposición, sostienen que esto impide el control en el momento en que se realizan los movimientos financieros, dejando la fiscalización como un proceso retrospectivo y no preventivo.

Por otro lado, el fallo judicial también menciona un antecedente en el municipio de Salto, donde el Concejo Deliberante tiene acceso al RAFAM solo para ejercicios contables ya terminados, un criterio que ahora también se aplica a Tres Arroyos.

La disputa política detrás del fallo

Más allá del aspecto legal, este fallo reaviva las tensiones políticas en Tres Arroyos. Garate acusa a la oposición de buscar gobernar desde el Concejo, mientras que los concejales opositores ven en esta restricción una maniobra para limitar la transparencia y evitar controles.

El intendente también criticó la actitud de la oposición, acusándola de no colaborar con su gestión y de buscar frenar proyectos claves como la pavimentación. Incluso señaló una contradicción en algunos concejales que respaldan al gobierno nacional de Javier Milei bajo el argumento de que necesita tiempo para mostrar resultados, pero que no aplican el mismo criterio a su administración municipal.

Mientras tanto, desde la oposición insisten en que este fallo afecta la rendición de cuentas y que sin acceso en tiempo real, el control del gasto municipal queda atado a lo que el Ejecutivo decida mostrar en su rendición anual.

¿Mayor transparencia o blindaje del Ejecutivo?

La pregunta que queda abierta es si esta decisión judicial fortalece la institucionalidad o si, por el contrario, limita la transparencia en el manejo de los fondos públicos.

Desde El Tresarroyense seguimos atentos a esta disputa y dejamos abierta la invitación para que los distintos sectores políticos expongan su postura.

¿Qué opinás? ¿Este fallo garantiza el equilibrio de poderes o restringe el control ciudadano sobre el gasto municipal?

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